Elecciones JD CEIIS 2011-2012
El 18 de noviembre del 2011 fueron convocadas a elecciones de representantes ante la Junta Directiva del Centro de Estudiantes para el periodo 2011-2012.
Contenido |
Fechas de Presentación de Listas
| Fechas | Detalle |
|---|---|
| Jueves 24 de noviembre | FECHA LÍMITE DE RECEPCIÓN DE LISTAS DE CANDIDATOS |
| Viernes 25 de Noviembre | PUBLICACIÓN DE LISTAS RECEPCIONADAS |
| Sábado 26 de Noviembre | FECHA LÍMITE DE PRESENTACIÓN DE IMPUGNACIONES |
| Lunes 28 de Noviembre | RESOLUCIÓN DE IMPUGNACIONES |
| Martes 29 de Noviembre | PUBLICACIÓN DE LISTAS INSCRITAS Y MIEMBROS DE MESA |
| Miércoles 30 de Noviembre | DEBATE DE CANDIDATOS A LA JUNTA DIRECTIVA CEIIS |
| Jueves 1 de Diciembre | ACTO DE SUFRAGIO |
| Viernes 2 de Diciembre | PROCLAMACIÓN DE LISTA GANADORA |
| Lunes 5 de Diciembre | ENTREGA DE CREDENCIALES |
Recepción de Listas
Se recibieron las inscripciones de las siguientes Listas:
- Lista A CEIIS 2012 - Ruben Carpio
- Lista B CEIIS 2012 - Miguel Vadillo
- Lista C CEIIS 2012 - Juan Diego
Videos a los postulantes
Listas aceptadas: Primer comunicado CECEIIS
COMUNICADO N° 001-271111
Se comunica a todos los estudiantes de la comunidad FIIS, de acuerdo al Reglamento de Elecciones de la Junta del CEIIS lo siguiente:
En relación a las DISPOSICIONES GENERALES:
Art. 7. Todos los problemas o situaciones no contempladas en este reglamento serán resueltos por el Comité Electoral.
Art. 8. El Comité Electoral es autónomo en sus funciones y decisiones siendo sus fallos inapelables.
Art. 10. El Comité Electoral esta integrado por alumnos regulares de la FIIS, el cual una vez constituido designará a unos de sus miembros como Presidente.
Art. 13. Son atribuciones del Comité Electoral:
- Ejecutar y velar por el cumplimiento del presente Reglamento de Elecciones.
- Realizar la inscripción de las listas de candidatos para la Junta Directiva del CEIIS.
- Realizar la depuración de las listas de adherentes que presentan las listas postulantes a la Junta Directiva del CEIIS.
- Promover la participación del electorado y el conocimiento de las listas y sus planes de trabajo respectivos.
- En relación a la PRESENTACIÓN de las listas candidatas:
Art. 20. Deberá presentarse obligatoriamente al momento de su inscripción
d) Relación con mínimo de 140 firmas de adherentes de estudiantes de la FIIS, consignando apellidos y nombres, especialidad, código del firmante y firma, presentadas tanto escrita como en digital.
e) La lista de adherentes donde se recaben las firmas de adhesión a una lista será elaborada por el Comité Electoral, ésta contará con el sello del Comité Electoral para ser considerada válida y su distribución será de un mínimo de 4 hojas.
f) El formato digital deberá de cumplir los siguientes requisitos: − Presentar en un CD rotulada de la siguiente manera: “LISTA” seguida del nombre de la lista (por ejemplo: “LISTA Z”) − El documento debe estar grabado en una Hoja de Cálculo. − Los adherentes a la lista deben estar en el mismo orden que en el papel escrito con apellidos y nombres, especialidad y código del firmante.
g) El plan de trabajo a realizar tanto escrito como digital adjuntado en un documento de texto en el mencionado CD.
Art 20.4 NO SE RECEPCIONARÁN las listas que incumplan los requisitos exigidos.
Art. 21. Al efectuar la revisión de las firmas de adherentes presentadas por las listas postulantes, el Comité Electoral deberá considerar:
21.1 Las firmas a ser contabilizadas deberán consignar nombre, especialidad, código y la firma propiamente dicha. En caso de faltar alguno de estos requerimientos, el adherente no será contabilizado.
21.2 En caso de verificarse la falsificación de alguna o algunas firmas, éstas serán anuladas en aquellas planillas donde fueron encontradas. Si se verifica que el adherente se encuentra en otra planilla, ésta sí será considerada.
21.3 En caso de encontrar la firma de una misma persona dos o más veces en las planillas presentadas por una misma lista, se contabilizará la firma de esta persona una sola vez.
21.4 En caso de encontrar la firma de una misma persona en dos o más listas a la vez, dicha firma no será contabilizada para ninguna de las listas.
Art. 22. El personero legal de la lista es la única persona autorizada a representar a una lista para realizar algún tipo de consulta, sugerencia o reclamo a los miembros del Comité Electoral.
CONSIDERANDO lo anterior, se informa lo siguiente:
- Para el presente periodo, se ha recibido tres listas candidatas al presente Proceso Electoral que cumplieron con la entrega de los documentos solicitados.
- En la presentación y formato de la listas de firmas presentadas, tanto escritas como en digital, el Comité Electoral verificó las firmas adherentes y no adherentes bajo el marco legal solicitado en el Art. 20, Art. 20.4 y Art. 21.
- Se describe a continuación el resultado final:
El Comité Electoral emitirá un informe detallado al personero de cada lista amparado en el Art. 22 dando muestra de transparencia a estas elecciones. El personero puede acercarse como único día, el lunes 26 de Noviembre de 8 a 11 am en las instalaciones del CEIIS, donde se encontrará un representante del Comité Electoral.
Bajo el marco legal del Art. 7 y Art. 8, el Comité Electoral resuelve por unanimidad y siendo inapelable lo siguientes:
En este proceso electoral son válidas SOLO las siguientes listas:
Es muy importante que cada estudiante de la Comunidad FIIS este informado y revise las propuestas de cada lista para emitir su voto en estas elecciones.
Atentamente.
Víctor Roy Cáceres Huamán
Presidente Comité Electoral CEIIS 2011-2012
Resolución de impugnaciones: Segundo comunicado CECEIIS
COMUNICADO N° 002-281111
Estimada Comunidad FIIS:
Se les informa los siguientes acontecimientos:
- El dia sabado 26 de Noviembre, el Comite Electoral del CEIIS se encontraba realizando la verificación de los requisitos presentados por las tres listas interesadas en postular al CEIIS.
- Ese mismo dia aprox. a las 6:00 pm, el estudiante Godofredo Pacheco Taxa, y en representacion de la alumna Andrea Tirado Dueñas y alumno Julio Quispe Lira, trajo tres solicitudes de igual contenido donde describían que no se había respetado el Reglamento del CECEIIS en el Art. 6. Toda reforma al Reglamento de Elecciones de la Junta Directiva del CEIIS deberá contar con el consenso del Comité Electoral y Junta Directiva del CEIIS, para su posterior presentación y promulgación ante Asamblea General de Estudiantes convocada para tal fin, esta reforma deberá constituirse a partir de la fecha de realización de dicha Asamblea hasta la promulgación de la lista ganadora.
El actual Comite Electoral aclara que durante la ultima asamblea, realizada el Jueves 17 de noviembre a las 6:00 pm en el patio FIIS, lo convocó la actual JD CEIIS. En esta Asamblea Estudiantil se llevó a votacion si debia considerarse la condición de la valla de nota de igual o mayor que 10.00 para este proceso electoral.
Por mayoria de los alumnos presentes en esta asamblea se acordo que NO se iba aplicar esta condición para toda las listas postulantes y SOLAMENTE ES VALIDA en este proceso electoral, quedando pendiente desarrollar y aprobar el Estatuto CEIIS. Al dia siguiente se publico en los exteriores del CEIIS.
Siendo legitimo su derecho de presentar cualquier documento exclaratorio para una impugnacion de todo este proceso electoral, se determinó por mayoria del Comite Electoral que no procedia su reclamo debido a que, a consideración del Comité Electoral, los documentos fueron presentados a destiempo.
El CECEIIS es autónomo en sus decisiones y de acuerdo al cronogranama estipulado para este proceso se describe lo siguiente.
- Debido a la cantidad de listas presentadas y ajustados en el tiempo para la verificación de las firmas adherentes tanto en el formato escrito como digital, se extendio hasta el dia Sabado 26 de noviembre y se envio un comunicado el dia Domingo 27 de Noviembre a traves del boletin CEIIS.
- Sin embargo, la presentacion de limite de impugnaciones y resolucion de impugnaciones se realizaron el dia de hoy Lunes 28 de noviembre. Por lo tanto, es legitimo que tengan derecho a enviar y reclamar cada lista interesada en por qué han sido tachados sus firmas adherentes siendo considerados improcedentes.
- La lista A presento un recurso de amparo de revisar las firmas presentadas bajo el Art. 20.1: "En caso de equivocación al inscribir al adherente se debe de tachar la fila correspondiente al adherente" y el Art. 21.2 "En caso de verificarse la falsificación de alguna o algunas firmas, éstas serán anuladas en aquellas planillas donde fueron encontradas". Bajo este criterio, se fallo a favor el reclamo expuesto en la solicitud.
- Con respecto a las firmas adherentes de condición improcedente de la lista A, se determino lo siguiente:
De las 35 de las firmas de adherentes improcedentes, han validado 9 firmas. Por lo tanto, la lista A ha obtenido 148 firmas adherentes validas para este proceso.
Dios los bendiga.
Víctor Roy Cáceres Huamán
Presidente del Comité Electoral CEIIS 2011-2012
cel: 986138013
Resultados elecciones primera vuelta
COMUNICADO N° 005-021211
Se pone en conocimiento a toda la comunidad FIIS, el resultado final del Proceso Electoral realizado el dia Jueves 01 de Diciembre:
Los votos emitidos para estas elecciones son 625. No se llego a los 647 votos que representa el 50% de los alumnos regulares en la FIIS. Lo tanto, se realizara una segunda vuelta con las tres listas postulantes.
Por otro lado, la diferencia entre los votos de los alumnos de la especialidad de ing. industrial supera en 67 votos a los de ing. de sistemas (se adjunta un resumen del proceso electoral detallado en porcentajes).
Se les informa tambien que la segunda vuelta con las tres listas postulantes se realizará el dia Martes 06 de diciembre en el patio FIIS. Se pide a los personeros de cada lista acercarse al CEIIS para indicarles el desarrollo de esta actividad.
Saludos cordiales.
Resultados elecciones segunda vuelta
COMUNICADO N° 006-061211
Según los articulos:
Art. 7. Todos los problemas o situaciones no contempladas en este reglamento serán resueltos por el Comité Electoral.
Art. 15. Las elecciones de la Junta Directiva del CEIIS se realizaran el día, hora y en las mesas instaladas para el efecto y designados por el Comité Electoral.
Art. 22. El personero legal de la lista es la única persona autorizada a representar a una lista para realizar algún tipo de consulta, sugerencia o reclamo a los miembros del Comité Electoral.
Art. 27. Este segundo Proceso Electoral contará con un 30% del total de alumnos que gocen del derecho de sufragio para ser considerado válido, por lo tanto no se convocará a un Tercer Proceso Electoral, salvo lo estipulado por el Art.15 del presente Reglamento.
Se pone en conocimiento a toda la comunidad FIIS, el desarrollo de los resultados en este Segundo Proceso Electoral realizado el dia Martes 06 de Diciembre:
- Los votos emitidos en este segundo proceso electoral fueron de 567. Se llego a superar los 388 votos que representa el 30% de los alumnos regulares de la FIIS. Por lo tanto, es valido el resultado final de la segunda vuelta con las tres listas postulantes.
- Se verifico la condicion de estudiante regular FIIS encontrando solo 5 firmas emitidas por estudiantes no regulares (menores de 11 creditos). Se escogio al azar estos 5 votos segun la especialidad que estudian los estudiantes no regulares, para ser separados inmediatamente. Estos 5 votos permanecieron cerrados y no fueron desdoblados. Por lo tanto, se considero 562 votos.
- En todo momento, los personeros de las tres listas verificaron los criterios del voto viciado, dando como primer resultado el siguiente cuadro:
- El Comite Electoral agoto todo los recursos posibles dentro del Reglamento del CECEIIS, cabe mencionar no se contempla viable una "tercera vuelta" (revisar el Art 15 y 27) existiendo un vacio legal y tampoco se estipula como proceder en el caso de triple empate en el segundo proceso electoral.
- Ante un escenario no comtemplado en el Reglamento CECEIIS y existiendo un vacio legal, el Comite Electoral procedio de acuerdo al Art. 7. Todos los problemas o situaciones no contempladas en este reglamento serán resueltos por el Comité Electoral.
El Comite Electoral determinó el desempate de la siguiente manera:
Los tres personeros de cada lista no presentaron ningun reclamo en ese momento, sino respaldaron unanime esta sugerencia y acordaron respetar el resultado emitido salga a favor o en contra de las listas que representaban (revisar Art. 22). Entonces, bajo esta sugerencia se obtuvo lo siguiente:
Por lo tanto, se llego a un segundo empate como se describe en el siguiente resultado:
- Nuevamente, el Comite Electoral procedio de acuerdo al Art. 7. Todos los problemas o situaciones no contempladas en este reglamento serán resueltos por el Comité Electoral. El Comite Electoral determinó el segundo desempate de la siguiente manera:
Como se ha mencionado en el inciso 2º de este comunicado, estos votos fueron seleccionados al azar y permanecieron cerrados hasta esta ultima instancia. En todo momento se consulto a cada personero de las tres listas (revisar el Art. 22) sobre esta sugerencia para lograr este segundo desempate.
Los tres personeros de cada lista no presentaron ningun reclamo en ese momento, sino nuevamente respaldaron unanime esta segunda sugerencia del Comite Electoral y acordaron respetar el resultado emitido salga a favor o en contra de las listas que representaban (revisar Art. 22). Entonces, bajo esta nueva sugerencia se obtuvo lo siguiente:
Por lo tanto, el siguiente resultado final en este segundo proceso electoral se describe a continuación:
- Por lo tanto:
El Comite Electoral declara como lista ganadora para el periodo 2011-2012 a la Lista C. Los resultados seran publicados en los diferentes alrededores del CEIIS.
- La fecha del cambio de mando se realizará el dia viernes 09 de Diciembre, se publicará en los exteriores del CEIIS y en los diferentes medios de comunicacion.
Víctor Roy Cáceres Huamán
Presidente del Comite Electoral CEIIS 2011-2012


